La igualdad en el discurso del desarrollo humano
DOI:
https://doi.org/10.29092/uacm.v11i25.216Palabras clave:
Desarrollo humano, capacidades, oportunidades, derechos humanos, discriminaciónResumen
El objetivo del texto es analizar si el enfoque del desarrollo humano tal como ha sido elaborado por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) incluye el criterio de la desigualdad asociado con la discriminación basada en estereotipos sociales, como pueden ser género, raza, etnia, etcétera. A partir de la perspectiva de los derechos humanos el texto critica el predominio de la noción de oportunidades en el discurso del desarrollo, antes que las capacidades o los derechos, considerando que dicha noción es deudora de una concepción más meritocrática que igualitaria. El enfoque de los derechos ayudaría a establecer prioridades en las metas públicas a favor de las personas y grupos más vulnerables.
Descargas
Citas
Alkire, S. (2010), Human Development: Definitions, Critiques, and Related Concepts, Oxford: United Nations Development Program (UNDP).
Añon Roig, M. J. (2008), Igualdad, diferencias y desigualdades, México: Fontamara.
Cohen, G. A. (2008), Rescuing Justice and Equality, Cambridge, MA: Harvard University Press.
____(2001), Si eres igualitarista, ¿cómo es que eres tan rico?, Barcelona: Paidós.
Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer (CNUEDCM) (1999), Recomendación general No. 25, sobre el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, referente a medidas especiales de carácter temporal. Documento en línea disponible en: http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/recommendations/General%20recommendation%2025%20%28Spanish%29.pdf. 3 de agosto de 2014.
De la Madrid, R. (coord.) (2012), Reporte sobre la discriminación en México, 7 vols., México: Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE)-Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED).
Fraser, N. (2008), Escalas de justicia, Barcelona: Herder.
Haq, M. (1995), Reflections on Human Development, Nueva York: Oxford University Press (OUP).
Huntington, S. P. (2004), ¿Quiénes somos? Los desafíos de la identidad nacional estadounidense, México: Paidós.
Nussbaum, M. C. (2012), Crear capacidades. Propuesta para el desarrollo humano, Barcelona: Paidós.
____(2002), Las mujeres y el desarrollo humano. El enfoque de las capacidades, Barcelona: Herder.
Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) (2006), Preguntas frecuentes sobre el enfoque de derechos humanos para la cooperación para el desarrollo, Nueva York-Ginebra: Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Organización de las Naciones Unidas (ONU) (2008), Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, Nueva York: ONU [aprobada en la Asamblea General de la ONU el 13 de septiembre de 2007].
ONU Mujeres (2011), El Progreso de las Mujeres en el Mundo 2011-2012. En busca de la justicia, Nueva York: ONU Mujeres.
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) (1969), “Declaración sobre la naturaleza de la raza y las diferencias raciales” [París, junio de 1951], en Cuatro declaraciones sobre la cuestión racial, París: UNESCO, pp. 38-46.
Oxfam (2014), Gobernar para las élites. Secuestro democrático y desigualdad económica. Documento disponible en línea en: http://www.oxfamintermon.org/sites/default/files/documentos/files/bp-working-for-few-political-capture-economic-inequality-200114-es.pdf. 3 de agosto de 2014.
Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) (2010a), La verdadera riqueza de las naciones. Caminos al desarrollo humano, Madrid: Mundi Prensa.
____(2010b), Informe Regional sobre Desarrollo Humano para América latina y el Caribe. Actuar sobre el futuro: romper la transmisión intergeneracional de la desigualdad, Nueva York-San José, Costa Rica: pnud/Editorama.
____(2004), La libertad cultural en el mundo diverso de hoy, Madrid: Mundi Prensa.
____(2000), Derechos humanos y desarrollo humano, Madrid: Mundi Prensa.
____(1995), Informe sobre desarrollo humano 1995. La revolución hacia la igualdad en la condición de los sexos, México: PNUD/Harla.
____(1990), Concepto y medición del desarrollo humano, Bogotá: Tercer Mundo Editores.
PNUD/Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) (2010), Informe sobre desarrollo humano de los pueblos indígenas en México. El reto de la igualdad de oportunidades, México: PNUD.
Puyol, Á. (2010), El sueño de la igualdad de oportunidades. Crítica de la ideología meritocrática, Barcelona: Gedisa.
Rodríguez Zepeda, J. (2011), Iguales y diferentes: la discriminación y los retos de la democracia incluyente, México: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Roemer, J. E. (1998), Equality of Opportunity, Cambridge, MA: Harvard University Press.
Sahuí, A., de la Peña, A. (coords.) (2011), Repensar el desarrollo. Enfoques humanistas, México: Fontamara.
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) (2013), Protocolo para juzgar con perspectiva de género. Haciendo realidad el derecho a la igualdad, México: SCJN.
Sen, A. K. (2010), La idea de la justicia, México: Taurus.
____(2007), Identidad y violencia. La ilusión del destino, Buenos Aires: Katz.
____(2004a), Nuevo examen de la desigualdad, Madrid: Alianza.
____(2004b), Rationality and Freedom, Cambridge, MA: Harvard University Press.
____2000), Desarrollo y libertad, México: Planeta.
____(1987), The Standard of Living, Cambridge: Cambridge University Press (CUP).
____(1979), “Equality of What?”, en Sterling M. McMurrin (ed.), The Tanner Lecture on Human Values 1980, vol. 1, Salt Lake City-Cambridge, UK: University of Utah Press/CUP, pp. 197-220.
Sunstein, C. R., Holmes, S. (2011), El costo de los derechos. Por qué la libertad depende de los impuestos, Buenos Aires: Siglo xxi.
Publicado
Número
Sección
Licencia
Esta revista está bajo una licencia Creative Commons México 2.5. Está permitida la reproducción y difusión de los contenidos de la revista para fines educativos o de investigación, sin ánimo de lucro, siempre y cuando éstos no se mutilen, y se cite la procedencia (Andamios, Revista de Investigación Social) y al autor. Los derechos patrimoniales de los artículos publicados en Andamios, Revista de Investigación Social son cedidos por el(los) autor(es) a la Universidad Autónoma de la Ciudad de México una vez que los originales han sido aceptados para que se publiquen y distribuyan tanto en la versión impresa como electrónica de la revista. Sin embargo, tal y como lo establece la ley, el(los) autor(es) conserva(n) sus derechos morales. El(los) autor(es) recibirá(n) una forma de cesión de derechos patrimoniales que deberá(n) firmar una vez que su original haya sido aceptado. En el caso de trabajos colectivos bastará la firma de uno de los autores, en el entendido de que éste ha obtenido el consentimiento de los demás. Los autores podrán usar el material de su artículo en otros trabajos o libros publicados por ellos mismos, con la condición de citar a Andamios como la fuente original de los textos.