Una educación ciudadana más allá de los derechos

Autores/as

  • Ana C. Fascioli Álvarez

DOI:

https://doi.org/10.29092/uacm.v9i18.408

Palabras clave:

Honneth, eticidad democrática, derechos, respeto, solidaridad

Resumen

En este artículo se presenta el concepto de eticidad formal de Axel Honneth como punto de vista normativo sobre el ethos que debería animar a las sociedades democráticas. Se presenta y defiende la conceptualización de Honneth, quien considera dichas sociedades como comunidades postradicionales, en la medida que integran dos esferas de reconocimiento recíproco irrenunciables: el respeto y la solidaridad. Sobre esta base, se ofrece una reflexión sobre cuál es el modelo de educación cívica que permitiría alcanzar tal modelo de comunidad, proponiendo una mirada superadora del paradigma dominante centrado en los derechos.

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Biografía del autor/a

Ana C. Fascioli Álvarez

Doctoranda del Programa “Ética y Democracia”, Universidad de Valencia, España. Miembro del grupo de investigación Ética, justicia y economía.

Citas

Anderson, J., Honneth, A. (2005), “Autonomy, Vulnerability, Recognition and Justice”, en John Christman y Joel Anderson (eds.), Autonomy and the Challenges to Liberalism: New Essays, Nueva York: Cambridge University Press, pp. 127-149.

Barber, B. (2004), Democracia fuerte, Córdoba: Almuzara.

Cohen, G. A. (1997), “Where the Action Is: On the Site of Distributive Justice”, en Philosophy and Public Affairs, vol. 26, núm. 1, invierno, Hoboken, nj-Oxford: Wiley-Blackwell, pp. 3-30.

Cortina, A. (2007), Ética de la razón cordial. Educar en la ciudadanía en el siglo xxi, Oviedo: Ediciones Nobel.

__________ (2005), Ciudadanos del mundo. Hacia una teoría de la ciudadanía, Madrid: Alianza.

Habermas, J. (1999), “Tres modelos normativos de democracia”, en La inclusión del otro. Estudios de teoría política, Barcelona: Paidós, pp. 231-246.

Hegel, G. W. F. (2006), El sistema de la eticidad, Buenos Aires: Quadrata.

__________ (1993), Fundamentos de la filosofía del derecho, Madrid: Libertarias/Prodhufi.

Honneth, A. (2007), “Post-traditional communities: a conceptual proposal”, en Disrespect. The Normative Foundations of Critical Theory, Cambridge: Polity Press, pp. 254-262.

__________ (2000), Suffering from Indeterminacy. An Attempt at a Reactualization of Hegel’s Philosophy of Right. Spinoza Lectures, Assen: Van Gorcum.

__________ (1997a), La lucha por el reconocimiento. Por una gramática moral de los conflictos sociales, Barcelona: Crítica.

__________ (1997b), “Recognition and Moral Obligation”, en Social Research, vol. 64, núm. 1, enero-marzo, Nueva York: New School for Social Research, pp. 16-35.

__________ (1994), “The Social Dynamics of Disrespect: On the Location of Critical Theory Today”, en Constellations, vol. 1, núm. 2, diciembre, Malden, ma: Wiley, pp. 255-269.

Mead, G. H. (1973), Espíritu, persona y sociedad, Barcelona: Paidós.

Pereira, G. (2004), “Virtudes cívicas procedimentales, democracia participativa y educación ciudadana”, en Areté, vol. xvi, núm. 2, julio-diciembre, Lima: Pontificia Universidad Católica del Perú, pp. 243-281.

Rawls, J. (1995), Liberalismo político, México: Fondo de Cultura Económica (FCE).

Sandel, M. (1982), Liberalism and the limits of justice, Cambridge: Cambridge University Press.

Taylor, C. (1985), “Atomism”, en Philosophy and the Human Sciences. Philosophical Papers 2, Cambridge-Nueva York: Cambridge University Press, pp. 187-210.

__________ (1979), Hegel and modern society, Cambridge: Cambridge University Press.

Wellmer, A. (1993), Finales de partida: la modernidad irreconciliable, Madrid: Cátedra.

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Publicado

2012-08-29

Número

Sección

Dossier